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Aceptación de herencia.

Si tiene una herencia pendiente de aceptar en Tenerife, no dude en contactar con nuestro Despacho de Abogados donde le asesoraremos pormenorizadamente de los pasos a seguir.


Lo primero que hay que determinar es si el causante, la persona de quién se va a heredar, dejó testamento o no. Para ello habrá que solicitar el certificado de últimas voluntades, que se solicita presentando el certificado de defunción en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en la Calle San Antonio en Santa Cruz de Tenerife.


Según lo que indique este certificado se irá a una sucesión testada o a una sucesión ab intestato (sin testamento).


  • Sucesión testada:

Si hubiera testamento el trámite sería más rápido, dado que sólo habría que obtener copia del testamento en el notario donde se firmó y luego ir al notario con la documentación que suelen solicitar (relación de bienes con los títulos de propiedad, vehículos con documentación, saldos de cuentas bancarias a fecha del fallecimiento, certificado de últimas voluntades, certificado de defunción, copia de testamento, DNI y datos del fallecido, cónyuge y herederos) y hacer la partición de acorde a lo que se estipula en el testamento.


  • Sucesión ab intestato:

Si no hubiera testamento antes de hacer la partición habría que realizar un trámite ante notario para documentar quienes son los herederos del causante y una vez se tenga proceder al reparto si los posibles herederos son únicamente los ascendientes, los descendientes o el cónyuge. Si por el contrario los posibles herederos no son ni ascendientes, ni descendientes ni el cónyuge, se hará este trámite en el Juzgado.


Una vez realizada la declaración de herederos se hará el reparto según lo estipulado por la ley.



En ambos casos, para hacer el reparto se tiene en cuenta el valor total de la herencia, es decir del activo menos el pasivo, por lo que habría que mirar si el causante tenía deudas en el momento de fallecer.


Los impuestos a abonar son el de sucesiones y el de plusvalía (que prescriben a los cuatro años) así como las correspondientes declaraciones en su IRPF que debe hacer cada heredero.


También es muy recomendable solicitar el certificado de seguros del fallecido, con la finalidad de ver si tenía algún seguro de vida que sus herederos pudieran reclamar.



Si su familia tiene que hacer la aceptación y reparto de una herencia no deje contactar con nuestro Despacho de Abogados en Tenerife donde le asesoraremos para hacer el reparto más justo y equitativo.


Puede contactarnos por teléfono al 922-20-90-36 o 636-22-57-69 o bien a través de nuestro formulario de contacto.


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